¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO PARA AUTORIZACIÓN DE SERVICIOS IMPLEMENTADO POR COMFAMILIAR EPS-S?
El procedimiento de autorizacionesimplementado por ComfamiliarEPS-S depende al tipo de servicios de saludsolicitado y al nivel de complejidad al cual pertenece:
Para el I NIVEL DE BAJA COMPLEJIDAD (consultamédica, odontología y odontología general y programas de P y P), no amerita autorización por parte de laComfamiliar EPS-S, la IPS asignada para su atención será la encargada de validarla atención.
La autorización para servicios de MEDIANA Y ALTA COMPLEJIDAD: Las solicitudes de servicios de salud deben contener los siguientes ítems:
- Tipo de servicio solicitado: posterior a la atención de urgencias o servicios electivos.
- Prioridad de la atención: prioritaria o no prioritaria.
Los servicios posteriores a la atención inicial de urgencias deberándarsepor parte de la EPS-S Comfamiliar teniendo en cuentalos siguientes términos:
- Para atención subsiguiente a la atención a la atención inicial de urgencias: Dentrode los (2) horas siguientesal recibo de la solicitud.
- Para la atención de servicios adicional: Dentro de las (6) horas siguientes al recibido de la solicitud.
Solicitud de servicios electivos: La respuesta positiva o negativa de la solicitud a la solicitud de autorización de servicios deberá ser comunicada al usuario y envida al prestador, dentro de los (10) días hábiles siguientes al recibido de la solicitud. En caso de que el servicio requerido sea de carácter prioritario, la respuesta a la solicitud deberá ser comunicada al usuario y envidaal prestador dentro de los (2) días hábiles siguientes al recibido de la solicitud.
Comfamiliar EPS- informara al usuario si la solicitud de servicios electivos fue aceptada o negada, en caso de ser autorizado el servicio se indicara la red de prestadores disponibles para que los afiliados seleccionen la IPS y pueda concertar su cita.
En caso de ser negativa la respuesta a la solicitud de servicios electivos, la EPS-S Comfamiliar le diligenciara el formato único de negación de servicios definido por la Superintendencia Nacional de Salud y seguir el procedimientode autorización por parte del Ente Territorial.
¿A QUIEN LE CORRESPONDE PAGAR EL TRASLADO DE UN PACIENTE Y ESTADÍA?
Todos los que por indicación médica, necesiten ser trasladados de un organismo de salud a otro lo pagará la Entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado, a la que estén afiliados.
Pacientes de Alto Costo: El traslado de Pacientes hospitalizados por enfermedades de alto costo por sus condiciones de salud y limitaciones en la oferta de servicios del lugar donde están siendo atendidos, requiere un traslado a un nivel superior de atención.
Urgencias: Se cubre el costo del traslado interinstitucional de los pacientes a otros niveles de atención cuando medie la remisión de un profesional de la salud.
Los traslados primarios sean básicos, intermedios o de atención pre hospitalaria nohace parte de las coberturas del POS-S dentro de la atención inicialde urgencia.
Estadía: COMFAMILIAR EPSS, cubre la estadía del afiliado cuando por enfermedad de alto costo amerite servicios de salud que no estén ofertados en el Departamento de Bolívar.
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