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PROCEDIMIENTOS

¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO PARA AUTORIZACIÓN DE SERVICIOS IMPLEMENTADO POR COMFAMILIAR EPS-S?

El procedimiento de autorizacionesimplementado por ComfamiliarEPS-S depende al tipo de servicios de saludsolicitado y al nivel de complejidad al cual pertenece:

Para el I NIVEL DE BAJA COMPLEJIDAD (consultamédica, odontología y odontología general y programas de P y P), no amerita autorización por parte de laComfamiliar EPS-S, la IPS asignada para su atención será la encargada de validarla atención.

La autorización para servicios de MEDIANA Y ALTA COMPLEJIDAD: Las solicitudes de servicios de salud deben contener los siguientes ítems:

  • Tipo de servicio solicitado: posterior a la atención de urgencias o servicios electivos.

 

  • Prioridad de la atención: prioritaria o no prioritaria.

 

Los servicios posteriores a la atención inicial de urgencias deberándarsepor parte de la EPS-S Comfamiliar teniendo en cuentalos siguientes términos:

 

  • Para atención subsiguiente a la atención a la atención inicial de urgencias: Dentrode los (2) horas siguientesal recibo de la solicitud.

 

  • Para la atención de servicios adicional: Dentro de las (6) horas siguientes al recibido de la solicitud.

 

Solicitud de servicios electivos: La respuesta positiva o negativa de la solicitud a la solicitud de autorización de servicios deberá ser comunicada al usuario y envida al prestador, dentro de los (10) días hábiles siguientes al recibido de la solicitud. En caso de que el servicio requerido sea de carácter prioritario, la respuesta a la solicitud deberá ser comunicada al usuario y envidaal prestador dentro de los (2) días hábiles siguientes al recibido de la solicitud.

Comfamiliar EPS- informara al usuario si la solicitud de servicios electivos fue aceptada o negada, en caso de ser autorizado el servicio se indicara la red de prestadores disponibles para que los afiliados seleccionen la IPS y pueda concertar su cita.

En caso de ser negativa la respuesta a la solicitud de servicios electivos, la EPS-S Comfamiliar le diligenciara el formato único de negación de servicios definido por la Superintendencia Nacional de Salud y seguir el procedimientode autorización por parte del Ente Territorial.

 

¿A QUIEN LE CORRESPONDE PAGAR EL TRASLADO DE UN PACIENTE Y ESTADÍA?

Todos los que por indicación médica, necesiten ser trasladados de un organismo de salud a otro lo pagará la Entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado, a la que estén afiliados.

Pacientes de Alto Costo: El traslado de Pacientes hospitalizados por enfermedades de alto costo por sus condiciones de salud y limitaciones en la oferta de servicios del lugar donde están siendo atendidos, requiere un traslado a un nivel superior de atención.

Urgencias: Se cubre el costo del traslado interinstitucional de los pacientes a otros niveles de atención cuando medie la remisión de un profesional de la salud.

Los traslados primarios sean básicos, intermedios o de atención pre hospitalaria nohace parte de las coberturas del POS-S dentro de la atención inicialde urgencia.

Estadía: COMFAMILIAR EPSS, cubre la estadía del afiliado cuando por enfermedad de alto costo amerite servicios de salud que no estén ofertados en el Departamento de Bolívar.

 

 

 


Vigilado por la Superintendencia del Subsidio Familiar

Caja de Compensación Familiar de Cartagena COMFAMILIAR

Centro, edificio Banco de Bogotá PISOS: 2,3,4,6
TelPBX: 6642899

Cartagena- Colombia.

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