Tarjeta Comfamiliar – Reglamento

1. La tarjeta comfamiliar como medio de identificación, así como el numero de identificación personal “NIP”, son de carácter personal e intransferible que faculta a su titular para solicitar a comfamiliar los siguientes servicios: retiros de fondos de servicio(s) colocados en automáticos definidos por comfamiliar y hasta por los montos fijados por comfamiliar, solicitud de saldos de servicio(s). adicionalmente, los titulares de la tarjeta comfamiliar podrán hacer uso de los cajeros automáticos, o cualquier otra red informática o sistemas electrónicos perteneciente a la red definidas por comfamiliar o de cualquier red a la que este afiliado o se afilie en el futuro, mediante la utilización de números de identificación personal “NIP”. También puede obtener dinero en cualquier establecimiento de la red de comercio definido por comfamiliar y mediante la utilización de los cajeros automáticos definidos por comfamiliar o cualquier red a la que este afiliado o se afilie en el futuro hasta por el saldo o cupo que periódicamente fije comfamiliar, reconociendo los costos e intereses, si hubiese lugar o demás accesorios que rijan en el momento de utilizar este (OS) servicio(s) y cualquier otro servicio que establezca comfamiliar. La suma así obtenidas será descontadas de los servicios monetarios incluidos en las tarjetas comfamiliar. Todo lo anterior con sujeción a los reglamentos, políticas, cuantías y horarios que establezca comfamiliar.

2. La tarjeta comfamiliar es de propiedad de la caja de compensación familiar comfamiliar, por lo cual esta se reserva el derecho de retirar y cancelar la tarjeta en cualquier momento aun cuando esta se encuentre vigente. Al efecto, comfamiliar procederá a comunicar a su residencia u oficina el retito o cancelación de la tarjeta sin que resulte necesario un previo aviso al suscrito ni una explicación sobre la determinación tomada.

3. Rn caso de perdida o hurto de la tarjeta comfamiliar el titular se compromete a formular denuncia penal y notificar inmediatamente por la vías dispuestas por comfamiliar para que se tomen las medidas convenientes en forma oportuna.

Así mismo responderá por todos los perjuicios causados lpor cualquier demora en la notificación, o por los pagos indebidos que se efectúen inmediatamente la falsa utilización de esta tarjeta.

4. El titular se obliga a no aceder, ni intervenir en el funcionamiento, ni usar o disponer en cualquier forma de los archivos, sistemas, programas, aplicaciones o cualquier otro elemento de la caja de compensación familiar comfamiliar con carácter exclusivo, reservado o propio de su actividad, utilice o posea para efecto de llevar a cabo la prestación de sus servicios vía electrónica o cualquier otra red informática, como tambien se obliga a no aceder, ni usar ni disponer indebidamente o sin autorización de comfamiliar los datos o la información incluida en los mismos programas, archivos, sistema, aplicaciones, etc. El titular se obliga a dar aviso inmediato a comfamiliar, por medio idóneo del conocimiento, disposición, uso o acceso, cualquiera que sea su causa, que tenga o hayan tenido el titular o terceros de tale archivos, datos, sistemas, programas, aplicaciones o cualquier otro elemento de los anteriores citados. Son de cargo exclusivo del titular los perjuicios que se acusen por la contravención de los dispuesto en la presente clausula y en tal sentido asume frente a comfamiliar y tercero la responsabilidad que del cumplimiento de la misma se derive

5. La tarjeta que comfamiliar hubiera estimado necesario retirar o cancelar. Por cualquier circunstancia, aun en el supuesto en que se encuentre en manos del titular, no podrá emplear para su utilización como medio de identificación y/o pago. Comfamiliar podrá tomar al efecto las medidas que estimare conducentes.

6. Es entendido que la presentación de la tarjeta no implica compromisos de comfamiliar para efectuar pagos, dado de comfamiliar, por precaución, podrá negar en un momento determinado cualquier pago en cuanto estimare que alguna circunstancia lo aconseje.

7. Comfamiliar puede cancelar, bloquear, retirar, descontinuar, limitar, modificar, suprimir o adicionar los términos y condiciones de este reglamento, lo mismo que los privilegios y condiciones de uso de la tarjeta comfamiliar, mediante aviso dado en tal sentido por carta o cualquier otro medio idóneo, su edición vigente estará disponible en la pagina web www.comfamiliar.org y si pasados cinco (5) días de anunciada la modificación el titular no se presentare a devolver la tarjeta, se entenderá que acepta incondicionalmente las modificaciones introducidas. En caso de que la tarjeta sea bloqueada por hechos o causas imputables al titular, queda bajo su responsabilidad los costos que se originen en la causa del bloqueo.

8. El titular manifiesta que recibe la tarjeta por medio en que comfamiliar dispuso sus entrega, así mismo, que debe realizar la correspondiente activación y registrar un NIP (numero de identificación personal) o clave, para tener acceso a la utilización de la tarjeta y por lo tanto asume el riesgo por cualquier uso indebido que le de.

9. Desde ahora el titular manifiesta que se compromete a pagar los costos que se señalen a la prestación de servicios a través de la tarjeta comfamiliar, si llegasen a tener lugar y autoriza cargar su costo a cualquier servicio incluido dentro de la tarjeta.

10. Este reglamento y sus adicciones posteriores serán aplicables a partir del momento en que el titular recibe la tarjeta o las que posteriormente se le expidan

11. El recibo de la tarjeta implica la obligación de custodiarla de modo que ninguna otra persona pueda hacer uso de la misma y por lo tanto el titular asume ante comfamiliar y ante otros terceros la responsabilidad por cualquier uso indebido que se haga a causa del descuido en la obligación de custodia que asume.

12. No obstante, comfamiliar puede dar por cancelada anticipadamente la tarjeta y en consecuencia, el titular se obliga a restituirla inmediatamente si ocurre cualquiera de los siguientes eventos : a) por incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones contenidas en el reglamento de uso; b) si se emplea la tarjeta para fines distintos a los autorizados; c) cuando comfamiliar lo decide así unilateralmente; d) por muerte del titular; e) mora o incumplimiento de cualquier obligación constituida para comfamiliar, al ser cancelada la tarjeta por cualquier motivo, el titular perderá automáticamente el derecho de seguir usándola.

13. Todo uso de la tarjeta impone al titular la obligación de exhibirla, de identificarse plenamente para la utilización de los servicios de comfamiliar, de sujetarse a los tramites y procedimientos vigentes, de firmar si fuere el caso de los documentos y títulos en presencia del funcionario de la red de establecimientos respectivos, de guardar reserva absoluta sobre los informes, claves, procedimientos, etc., de que tenga conocimiento de la tarjeta.

14. La entrega de la tarjeta se hace en consideración a condiciones personales del titular y en consecuencia, no podrá cederla por ningún motivo, ni hacerse sustituir por terceros, en el ejercicio de los derechos ni en el cumplimiento de las obligaciones que el reglamento y la tarjeta imponen.

15. El titular deberá mantener informado a comfamiliar sobre su vinculo con la empresa, de las cual se harán las notificaciones, se enviara la correspondencia, o se darán avisos a que hubiere lugar, comprometiéndose además a avisar con antelación todo cambio que se presente al respecto.

16. Al activar, el titular acepta su otorgamiento y las condiciones estipuladas en este reglamento y desde ahora concede la siguientes autorizaciones irrenovables a comfamiliar :a) comfamiliar se presume como autorizado por el afiliado para efectuar las transacciones que se deriven de la misma; b) para que comfamiliar o terceros autorizados por este pueden retener o retirar la tarjeta; c) para debitar de cualquier servicio que posea en la tarjeta comfamiliar los costos que se señalen por manejo, cualquier suma o servicio pagado con base en la tarjeta, si hubiese lugar.

17. Toda operación que se derive con base a la tarjeta o clave, el titular declarara expresamente que fue realizada por el y bajo su total responsabilidad, de tal suerte que, además de comprometerse a su pago, asume integralmente tosos sus riesgos y consecuencias; no podrá formulara a comfamiliar reclamo alguno al respeto. Se responsabiliza de cualquier manipulación que se haga con su tarjeta o clave.

18. El titular no podrá acceder, en ningún caso el saldo diario de sus servicios o el cupo máximo asignado para consumos o retiros, si este es inferior al saldo disponibles, y en caso de que lo haga, además de que constituye una aprobación indebida, habrá lugar a la cancelación de la tarjeta y a exigir, por parte de comfamiliar

19. Para poder efectuar adquisiciones o solicitar retiros en efectivo al amparo de la tarjeta comfamiliar, esta debe presentarse; firmar en cada caso, previa verificación de su cuantía , el respectivo comprobante o factura: e identificarse plenamente el titular ante el establecimiento de comercio que se le solicite o efectuar personalmente la transacciones a través de los cajeros automáticos de comfamiliar o cualquier red a la que este afiliado o se afilie en el futuro

20. En lo referente a intereses y cargos a la tarjeta, si a ello hubiere lugar, el titular se sujeta a lo convenido por las partes, en u defecto a lo que establezcan las normas legales, las autoridades competentes o comfamiliar comunique.

21. Comfamiliar no asume responsabilidad en caso de que el establecimiento afiliado reu8se a admitir el uso de la tarjeta y tampoco será responsable de la calidad , cantidad, marca o cualquier aspecto de las mercancías o servicios que adquiera, estos eventos deberán ser resulto directamente con el proveedor o establecimiento afiliado.

22. El titular concede autorizaciones irrevocables a comfamiliar: a) para que tanto comfamiliar, como los establecimientos afiliados, con sujeción a las normas que se impartan, puedan retener la tarjeta; b)para llenar los espacios que queden en blanco en los comprobantes de venta o de factura que firme; c) para endosar o ceder los comprobantes de venta; d) disminuir y debitar el saldo disponible en los servicios contenidos en la tarjeta al momento de producirse una autorización para retiro, para el pago de compras o consumo en los establecimientos autorizados, por el monto requerido de dicha información; e) para que fuera de los casos legales, cargue a los servicios del titular, los costos y demás gastos por impuestos, portes, suministros de xopias, consultas, documentos o información en época diferentes a la convenida o adicional, repetida o que corresponda a operación archivada o terminada y por cualquier otro servicios que de manera excepcional, adicional o especial preste a comfamiliar.

23. Las facturas o comprobantes de ventas que se firmen utilizando la tarjeta comfamiliar lo mismo que los registros en los movimientos correspondientes, tendrán el merito probatorio que la ley conceda y en caso de acción judicial o extrajudicial correrán por cuenta del titular todos los gastos del juicio y honorarios del abogado, adherido desde ahora el no0mbvramiento del secuestre que haga comfamiliar y renu8nciando al derecho de pedir la división de los bienes embargados para la subasta.

24. El titular que la tarjeta comfamiliar tiene la siguiente vigencia: el subsidio familiar vencerá tres años (3) después luego de la fecha en que este fue depositado en la tarjeta comfamiliar (Articulo 6, ley 21 de 1982); el subsidio educativo vencerá el 31 de diciembre del año correspondiente a dicho pago.

25. El titular acepta que si durante un periodo de un año no he utilizado la tarjeta comfamiliar, esta se bloquea, por lo cual tendrá que efectuar el proceso de desbloqueo que comfamiliar estime conveniente.

 

RECLAMA LOS RECURSOS CONSIGNADOS PRESENTANDO TU TARJETA COMFAMILIAR Y TU CEDULA DE CIUDADANIA EN LOS SIGUIENTES ESTABLACIMIENTOS: