La vigencia del subsidio será de seis meses calendario contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de la publicación de la asignación.
Para los subsidios cuyos beneficiarios a la fecha de su vencimiento hayan suscrito promesa de compraventa, la vigencia del mismo tendrá una prórroga de seis meses adicionales, siempre y cuando el beneficiario remita a la entidad otorgante antes del vencimiento mismo, la respectiva copia autenticada de la promesa de compraventa o del contrato de construcción.